miércoles, 5 de mayo de 2010

Cálculo de la altura

de la chimenea

de la plaza de los olivos.






Comentario:
La media es de 19'7 metros. El resultado de nuestro trabajo, está por encima de la media, 18'34 metros. La desviación típica da 0'74 por lo que la altura del chimeneón está entre 18'96 y 20'44 metros.

martes, 2 de marzo de 2010

BLOGUEANDO SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS
















EL IUS ROMANO,¿ANTECEDENTE DE LOS DERECHOS HUMANOS?

Para el sistema jurídico actual, el tema de los derechos humanos es fundamental. Cierta parte de la doctrina jurídica, no romanista, afirma que Roma y los Derechos Humanos no han compartido el mismo camino, y los romanos se destacaron en el incumplimiento de los mismos. Los juristas romanos han sido cultivadores de los derechos de la persona.

El derecho romano, debe ser analizado teniendo en cuenta: la integración al sistema legal de los marginados por el propio orden jurídico, la defensa y equiparación del más débil dentro del orden vigente.
El derecho romano y su influencia en el mundo moderno, requiere la fina compresión del mecanismo de elaboración jurídica de los jurisprudentes clásicos. Pomponio enseña que los juristas son: ‘‘grandísimos hombres del pueblo romano que han profesado ciencia del derecho civil’’
No podemos encontrar en Roma la temática de los derechos humanos, sino el inicio de un largo camino que hoy debe ser aceptado y respetado por toda legislación vigente que se precie justa.
El derecho romano clásico no habla ni crea teorías, sino que aporta la enseñanza práctica del caso jurídico sometido al análisis de los Juristas. De éstos casos jurídicos se elaboran las teorías, es el caso de los derechos humanos.
El derecho romano es esencialmente humanista y no se le puede quitar éste mérito. Ello implica la consideración de la persona. La cultura romana reboza humanismo, centra su acción en el hombre.
Al respecto, Hermogeniano enseña, con justeza que todo el ius ha sido constituido por causa de los hombres. Gayo reafirma esta idea dividiéndola en hombres libres y esclavos, Se advierte en la consideración de Gayo que el esclavo es también persona.
El Ius Romano plasmó grandes diferencias entre los seres humanos. Según el status libertatis los hombres eran esclavos o libres, ciudadanos o no ciudadanos, ingenuos y libertos. El esclavo nacía en esta condición o llegaba a serlo por causa posterior a su nacimiento, el libre era ciudadano cuando gozaba del derecho de ciudadanía y podía ser partícipe de todas las instituciones jurídicas. Los no ciudadanos derivaban sus derechos del Ius Gentium, los ingenuos podían llegar a alcanzar los derechos de ciudadano y los libertos eran los esclavos liberados y pasaban a ser considerados como libres. Según el status familia los hombres eran sometidos a la autoridad del pater familias y la mujer estaba sometida al manus del pater y luego al manus maritalis. El mundo estaba dominado por Roma, que no sostenía ninguna relación de amistad con los bárbaros a los que no les reconocía ningún derecho. Las XII Tablas eran un antecedente remoto de los textos constitucionales, al asegurar la libertad, la propiedad y la protección de los derechos del ciuadadano.
La actividad jurídica romana era llevada a cabo por ciudadanos que son oponentes de distintas corrientes filosóficas. Consideración especial merece el pensamiento de M. Tulio Cicerón y Séneca. Cicerón, abogado, orador, escritor, político y filósofo tuvo influencia estóica, epicurea, neoacadémica, platónica, escéptica y abarcó e hizo influencia e hizo suya buena parte del saber filosófico de su tiempo. Difundió y tornó familiares los principios de igualdad humana y de una ley racional y natural, asociada a la concepción cristiana.
Dentro de la corriente del estoicismo destaca Séneca, que evidencia interés por el hombre y en especial por su alma acongojada, temática que encuentra una vida moral y severísima.
El pensamiento estoico de los filósofos griegos ejerció una relativa influencia en los pensadores romanos, como Séneca, que concibió a toda persona humana dotada de dignidad y recomendó tener humanidad con los esclavos. El pensamiento cristiano proclamó la igualdad de los seres humanos y estableció nuevos valores morales, y las ideas cristianas introdujeron modificaciones al Derecho Romano. Con el pensamiento de los Padres de la Iglesia se definió la existencia de derechos a la naturaleza humana y la dignidad de la persona.
Los aspectos a tener en cuenta son la situación de los hijos, la mujer, los esclavos, la ciudadanía, los dependientes y la situación especial del hermafrodita.
La situación de los hijos se refiere al que está por nacer y al ya nacido. La jurisprudencia clásica a través del transcurso del tiempo brinda en modo firme y constante un reconocimiento del derecho al nasciturus, para después del nacimiento reconocerlo como persona, percepción de alimentos y protección. El Padre de Familias se comienza a suavizar por el derecho imperial así tenemos la prohibición de la aplicación del derecho de vida y muerte a sus hijos y, la limitación del abuso de la potestad sobre los hijos.
Trajano obliga al padre a emancipar al hijo maltratado y Adriano deporta al padre que aplica la muerte al hijo sin escuchar a la asamblea familiar.
Los esclavos son considerados jurídicamente cosas, por lo que se aplica el derecho de “propiedad nudo” que prohíbe castraslos y venderlos para ser destinados a los espectáculos públicos o ser arrojados a las fieras, se dispone la libertad del esclavo cuando el amo lo abandona y se considera homicida al amo que mata al esclavo sin motivo, se le obliga a venderlo y se le permite tomar parte de los cultos.
Respecto a la situación de la mujer, pasa de la dureza del vínculo agnaticio a la equiparación jurídica con el vínculo cognaticio (sangre). Derecho pretoriano, la mujer llega a ser sui iuris, Jefa de Familia. Tiene el derecho a la restitución, el derecho sucesorio continuando el derecho imperial.
La situación de los ciudadanos fue cambiando, se prohibió que una persona libre garantice con su cuerpo las deudas, evitando así que caiga en esclavitud.
La situación de los dependientes o mano de obra libre es el ejemplo de los hombres y mujeres que trabajan en las minas.
Respecto al hermafrodita, el viejo derecho lo considera un ser monstruoso, Ulpiano y Paulo lo integran al sistema jurídico considerándolo un ser humano normal.
El derecho romano se encuentra inmerso de humanismo considerando y protegiendo al hombre, la protección del más débil y la integración al sistema jurídico. En la jurisprudencia romana se encuentran las raíces de nuestro derecho, constituído al causa del hombre, lo cual implica tratar debidamente los estatutos de la persona.
A la caida del imperio romano el sistema jurídico entró en una etapa de oscurecimiento, en ésta situación el fuerte se imponía al débil y se negaba todo derecho individual la situación se mantuvo hasta que se produjo la recesión del Derecho Romano.



CONTEXTO HISTÓRICO EN EL QUE SE FIRMÓ LA DECLARACIÓN
UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS


Los Derechos Humanos se establecen en el derecho internacional a partir de la II Guerra Mundial y, tras su conclusión , se elaboran numerosos documentos destinados a enumerarlos , propiciar su protección, declarar su importancia y la necesidad de respetarlos. En primer lugar, hay que citar la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada por las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, que distingue entre derechos relativos a la existencia misma de la persona y los relativos a su protección y seguridad, a l a vida política, social y jurídica de la misma, y los derechos de contenido económico y social. Son asimismo relevantes, la Declaración de Derechos del Niño firmada el 20 de noviembre de 1959, la convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer suscrita el 20 de diciembre de 1959, el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, estos dos últimos adaptados por las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966. En el ámbito europeo, cabe destacar la Convención de Salvaguardia de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, nacida el 4 de noviembre de 1950, en el seno del Consejo de Europa, y que cuenta con una Comisión y un Tribunal con competencia, llegado el caso, para proceder al examen y la resolución de conflictos relacionados con la vulneración de los derechos y libertades contenidas en la Convención.

EVOLUCIÓN DE LAS DECLARACIONES DE LOS DERECHOS

Se pueden diferenciar tres fases. La declaración de derechos nace, como un conjunto de teorías filosóficas. Son universales por lo que al contenido respecta y porque se refieren a cualquier hombre, abstracción hecha de tiempo y lugar; son muy limitadas en lo que eficacia se refiere, al ser (como mucho) propuestas para futuras e hipotéticas leyes. Más tarde y en algunas ocasiones, las declaraciones de derechos llegan a plasmarse en las constituciones, con lo cual ganan en concreción lo que pierden en universalidad, quedando protegidos como verdaderos derechos subjetivos, pero sólo en el Ámbito del Estado que los reconoce de forma efectiva. No son así, en consecuencia, de derechos del hombre, sino del ciudadano, es decir, derechos del hombre en cuanto que derechos del ciudadano de un Estado comienza una tercera fase donde la afirmación de los citados derechos se quiere a un tiempo universal y positiva. Universal, porque los destinatarios son todos los hombres y no tan sólo los ciudadanos de uno u otro Estado. Positiva, porque se entiende que emprende un proceso, concluido el cual los Derechos Humanos no sólo serán proclamados sino protegidos de un modo material, incluso contra el propio Estado que los viole.




TRADUCCIÓN DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS INGLÉS




Universal Declaration of Human Rights
On December 10, 1948 the General Assembly of the United Nations adopted and proclaimed the Universal Declaration of Human Rights, the full text of which appears below. Following this historic act the Assembly called upon all Member countries to publicize the text of the Declaration and "to cause it to be disseminated, displayed, read and expounded principally in schools and other educational institutions, without distinction based on the political status of countries or territories."
Declaración universal de los derechos humanos
El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones aprobó y proclamó la Declaración Universal de los Derechos humanos cuyo texto aparece en las siguientes páginas. Tras este acto histórico la Asamblea pidió a todas los miembros de los países miembros que publicaran y dispusieran que fuera distribuido, expuesto, leído y comentado principalmente en colegio y otras instituciones educativas, sin ninguna distinción basada e la condición política de países o territorios.

Article 16.
· (1) Men and women of full age, without any limitation due to race, nationality or religion, have the right to marry and to found a family. They are entitled to equal rights as to marriage, during marriage and at its dissolution.
· (2) Marriage shall be entered into only with the free and full consent of the intending spouses.
· (3) The family is the natural and fundamental group unit of society and is entitled to protection by society and the State.
· (1) Los hombres y las mujeres en edad núbil, sin ninguna restricción por motivo de raza o religión tiene el derecho a casarse y a formar una familia. Disfrutarán de un matrimonio, durante y matrimonio y su separación.
· (2) El matrimonio se establecerá solamente con el libre y pleno consentimiento de los futuros esposos.
· (3) La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene el derecho de protección por la sociedad y el estado.

Article 17.
· (1) Everyone has the right to own property alone as well as in association with others.
· (2) No one shall be arbitrarily deprived of his property.
· (1) Toda persona tiene el derecho a la propiedad, individual o colectivamente.
· (2)Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Article 18.
· Everyone has the right to freedom of thought, conscience and religion; this right includes freedom to change his religion or belief, and freedom, either alone or in community with others and in public or private, to manifest his religion or belief in teaching, practice, worship and observance.
· Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y de religión; este derecho incluye libertad para cambiar de religión creencia, individualmente o colectivamente y en público o privado, para manifestar su religión o creencia, la enseñanza, la práctica, la adoración y la observación.
Article 19.
· Everyone has the right to freedom of opinion and expression; this right includes freedom to hold opinions without interference and to seek, receive and impart information and ideas through any media and regardless of frontiers.
· Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye libertad de tener opiniones sin ser molestado y de investigar, recibir y difundir información e ideas sin ninguna limitación de fronteras.
Article 20.
· (1) Everyone has the right to freedom of peaceful assembly and association.
· (2) No one maybe compelled to belong to an association.
· (1) Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y asociación pacíficas.
· (2) Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Article 21.
· (1) Everyone has the right to take part in the government of his country, directly or through freely chosen representatives.
· (2) Everyone has the right of equal access to public service in his country.
· (3) The will of the people shall be the basis of the authority of government; this will shall be expressed in periodic and genuine elections which shall be by universal and equal suffrage and shall be held by secret vote or by equivalent free voting procedures.
· (1) Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país directamente, o eligiendo representante libremente.
· (2) Toda persona tiene en condiciones de igualdad derecho al acceso del servicio públicode su país.
· (3) La voluntad de las personas será la base de la autoridad del gobierno; esta voluntad se expresará en elecciones periódicas y auténticas, las cuales se harán por sufragio universal y el voto deberá ser secreto y libre.
Article 22.
· Everyone, as a member of society, has the right to social security and is entitled to realization, through national effort and international co-operation and in accordance with the organization and resources of each State, of the economic, social and cultural rights indispensable for his dignity and the free development of his personality.
· Toda persona como miembro de una sociedad tiene derecho a seguridad social y tiene derecho a la realización, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación y de acuerdo con la organización y recurso de cada Estado de los económicos, sociales y culturales indispensable para su dignidad y el libre desarrollo de su personalidad.
Article 23.
· (1) Everyone has the right to work, to free choice of employment, to just and favourable conditions of work and to protection against unemployment.
· (2) Everyone, without any discrimination, has the right to equal pay for equal work.
· (3) Everyone who works has the right to just and favourable remuneration ensuring for himself and his family an existence worthy of human dignity, and supplemented, if necessary, by other means of social protection.
· (4) Everyone has the right to form and to join trade unions for the protection of his interests.
· (1) Toda persona tiene derecho al trabajo, a elegir libremente su empleo, a unas condiciones de trabajo justas y favorables y a la protección contra el empleo.
· (2) Toda persona, sin ninguna discriminación, tiene derecho a igual salario por igual trabajo.
· (3) Toda persona que trabaja tiene el derecho a una renumeración y favorable que le asegura para sí mismo y su familia y asistencia digna de la dignidad humana que será completada si es necesario por otros medios de protección social.
· (4) Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos por la protección y sus intereses.

Article 24.
· Everyone has the right to rest and leisure, including reasonable limitation of working hours and periodic holidays with pay.
· Toda persona tiene derecho al descanso y al ocio, incluyendo una limitación razonable de horas de trabajo y vacaciones periódicas pagadas.
Article 25.
· (1) Everyone has the right to a standard of living adequate for the health and well-being of himself and of his family, including food, clothing, housing and medical care and necessary social services, and the right to security in the event of unemployment, sickness, disability, widowhood, old age or other lack of livelihood in circumstances beyond his control.
· (2) Motherhood and childhood are entitled to special care and assistance. All children, whether born in or out of wedlock, shall enjoy the same social protection.
· (1) Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado para la salud y el bienestar de si mismo y de su familia, que incluye comida, ropa, hogar, y al cuidado medico necesario y servicios sociales y el derecho a seguros, en caso de desempleo, enfermedad, discapacidad, viudez, vejez,y a casos de perdida.
· (2) La maternidad y su infancia tienen derechos independientes a su voluntad. Todos los niños nacidos fuera o dentro del matrimonio, tienen derecho a la misma protección social.

Article 26.
· (1) Everyone has the right to education. Education shall be free, at least in the elementary and fundamental stages. Elementary education shall be compulsory. Technical and professional education shall be made generally available and higher education shall be equally accessible to all on the basis of merit.
· (2) Education shall be directed to the full development of the human personality and to the strengthening of respect for human rights and fundamental freedoms. It shall promote understanding, tolerance and friendship among all nations, racial or religious groups, and shall further the activities of the United Nations for the maintenance of peace.
· (3) Parents have a prior right to choose the kind of education that shall be given to their children.
· (1) Toda persona tiene derecho a la educación. La educación será libre, al menos en las etapas elementales y fundamentales. La educación elemental será obligatoria. La educación técnica y profesional generalizada y los estudios superiores igualmente superiores en función de los meritos.
· (2) La educación tendrá por objeto el desarrollo de la personalidad humana y del fortalecimiento del respeto por los derechos humanos y libertades fundamentales. Favorecerá la compresión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones racial o grupos religiosos, y está lejos de las actividades de las Naciones Unidas para mantener la paz.
· (3) Los padres tienen el prior derecho de elegir el tipo de educación que le quisieran dar a sus hijos.

Article 27.
· (1) Everyone has the right freely to participate in the cultural life of the community, to enjoy the arts and to share in scientific advancement and its benefits.
· (2) Everyone has the right to the protection of the moral and material interests resulting from any scientific, literary or artistic production of which he is the author.
· (1) Toda persona tiene el derecho libre de participar en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y participar en el progreso científico y tiene el derecho de protección de beneficios de los intereses morales a los materiales resultantes de algo científico, literario o artístico en el cual él es el autor.
Article 28.
· Everyone is entitled to a social and international order in which the rights and freedoms set forth in this Declaration can be fully realized.
· Toda persona tiene derecho al orden social e internacional en el que los derechos y libertades expuestos en esta declaración se hagan efectivos.
Article 29.
· (1) Everyone has duties to the community in which alone the free and full development of his personality is possible.
· (2) In the exercise of his rights and freedoms, everyone shall be subject only to such limitations as are determined by law solely for the purpose of securing due recognition and respect for the rights and freedoms of others and of meeting the just requirements of morality, public order and the general welfare in a democratic society.
· (3) These rights and freedoms may in no case be exercised contrary to the purposes and principles of the United Nations.
· (1)Toda persona tiene deberes hacia la comunidad en la que solo puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
· (2) En el ejercicio de los derechos y libertades toda persona estará sujeta a tales limitaciones establecidas por ley con el fin de asegurar el debido conocimiento el respeto por los derechos y libertades de los demás y el bienestar general de una sociedad democrática.
· (3) Estos derechos y libertades no podrían en algún caso ser ejercidas en posición contrarias a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.


Article 30.
· Nothing in this Declaration may be interpreted as implying for any State, group or person any right to engage in any activity or to perform any act aimed at the destruction of any of the rights and freedoms set forth herein.
· Nada en esta declaración puede interpretarse en el sentido de que suprema derecho alguno del Estado. Sin ningún derecho de ocupar en ningunas actividades o realizar que tenga a la supreción derechos o libertades.



TRADUCCIÓN DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS FRANCÉS


Déclaration universelle des droits de l'homme

Le 10 décembre 1948, les 58 Etats Membres qui constituaient alors l’Assemblée générale ont adopté la Déclaration universelle des droits de l’homme à Paris au Palais de Chaillot. Pour commémorer son adoption, la Journé des droits de l'homme est célébrée chaque année le 10 décembre.

El 10 de diciembre de 1948, los 58 Estados Miembro que constituyen la Asamblea general adoptaron la Declaración universal de los derechos del hombre en París en el palacio de Chaillot. Para conmemorar su adopción la “Jornada de los derechos del hombre” se celebra cada año el 10 de diciembre.

Article premier
Tous les êtres humains naissent libres et égaux en dignité et en droits. Ils sont doués de raison et de conscience et doivent agir les uns envers les autres dans un esprit de fraternité.

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Están dotados de razón y de conciencia y deben actuar los unos hacia los otros en un espíritu de fraternidad.

Article 2
1.Chacun peut se prévaloir de tous les droits et de toutes les libertés proclamés dans la présente Déclaration, sans distinction aucune, notamment de race, de couleur, de sexe, de langue, de religion, d'opinion politique ou de toute autre opinion, d'origine nationale ou sociale, de fortune, de naissance ou de toute autre situation

2.De plus, il ne sera fait aucune distinction fondée sur le statut politique, juridique ou international du pays ou du territoire dont une personne est ressortissante, que ce pays ou territoire soit indépendant, sous tutelle, non autonome ou soumis à une limitation quelconque de souveraineté.


1. Cada uno se puede beneficiar de todos los derechos y libertades proclamadas en la presente Declaración, sin distinción alguna, de raza, de color, de sexo, de lengua, de religión, de opinión política o de otra opinión de origen nacional o social, de riqueza, de nacimiento o de otra situación.
2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la situación política, jurídica o internacional del país o del territorio del que depende una persona, bien que éste territorio sea independiente, o esté sometido a normas o a cualquier soberanía.

Article 3
Tout individu a droit à la vie, à la liberté et à la sûreté de sa personne.

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Article 4
Nul ne sera tenu en esclavage ni en servitude; l'esclavage et la traite des esclaves sont interdits sous toutes leurs formes.

Ninguno estará obligado a esclavitud o a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos, están prohibidas en todas sus formas.

Article 5
Nul ne sera soumis à la torture, ni à des peines ou traitements cruels, inhumains ou dégradants.

Nadie será sometido a torturas, penas o tratamientos crueles, inhumanos o degradantes.

Article 6
Chacun a le droit à la reconnaissance en tous lieux de sa personnalité juridique.

Cada uno tiene derecho al reconocimiento en todos sitios de su personalidad.

Article 7
Tous sont égaux devant la loi et ont droit sans distinction à une égale protection de la loi. Tous ont droit à une protection égale contre toute discrimination qui violerait la présente Déclaration et contre toute provocation à une telle discrimination

Todos son iguales ante la ley y tienen el derecho a una igual protección ante la ley. Todos tienen derecho a una protección igual contra toda discriminación que viole la presente Declaración y contra toda provocación a una semejante discriminación.


Article 8
Toute personne a droit à un recours effectif devant les juridictions nationales compétentes contre les actes violant les droits fondamentaux qui lui sont reconnus par la constitution ou par la loi.

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales competentes nacionales contra los actos que violan los derechos fundamentales que son reconocidos por la constitución o por la ley.


Article 9
Nul ne peut être arbitrairement arrêté, détenu ou exilé.

Nadie puede ser arbitrariamente arrestado, detenido o exiliado.

Article 10
Toute personne a droit, en pleine égalité, à ce que sa cause soit entendue équitablement et publiquement par un tribunal indépendant et impartial, qui décidera, soit de ses droits et obligations, soit du bien-fondé de toute accusation en matière pénale dirigée contre elle.

Toda persona tiene derecho, en igualdad de condiciones a que su causa sea oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente, que decidirá sobre sus derechos y obligaciones sobre la legislación de cualquier acusación contra ella.

Article 11
1.Toute personne accusée d'un acte délictueux est présumée innocente jusqu'à ce que sa culpabilité ait été légalement établie au cours d'un procès public où toutes les garanties nécessaires à sa défense lui auront été assurées. 2. Nul ne sera condamné pour des actions ou omissions qui, au moment où elles ont été commises, ne constituaient pas un acte délictueux d'après le droit national ou international. De même, il ne sera infligé aucune peine plus forte que celle qui était applicable au moment où l'acte délictueux a été commis.

1.Toda persona acusada de un acto delictivo es presuntamente inocente hasta que su culpabilidad halla sido legalmente demostrada a lo largo de un proceso público con todas las garantías necesarias en su defensa que le asegure.
2.Nadie será condenado por actos u omisiones que, en el momento que fueron cometidas, no constituían un delito según el derecho nacional e internacional. Tampoco será inflingida pena más grande que la aplicable en el momento del acto del delito.

Article 12
Nul ne sera l'objet d'immixtions arbitraires dans sa vie privée, sa famille, son domicile ou sa correspondance, ni d'atteintes à son honneur et à sa réputation. Toute personne a droit à la protection de la loi contre de telles immixtions ou de telles atteintes.

Nadie será objeto de intromisiones arbitrarias que le prime de familia domicilio o correspondencia, ni de atentado a su honor o reputación. Toda persona tendrá derecho a la protección de la ley contra tales ingerencias o tales ofensas.

Article 13
1. Toute personne a le droit de circuler librement et de choisir sa résidence à l'intérieur d'un Etat. 2. Toute personne a le droit de quitter tout pays, y compris le sien, et de revenir dans son pays

1. Toda persona tiene derecho libremente de circular y de elegir residencia en el interior de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho de irse de su país y de poder ir a otro y regresar cuando quiera.

Article 14
1. Devant la persécution, toute personne a le droit de chercher asile et de bénéficier de l'asile en d'autres pays. 2. Ce droit ne peut être invoqué dans le cas de poursuites réellement fondées sur un crime de droit commun ou sur des agissements contraires aux buts et aux principes des Nations Unies.

1. Ante la persecución, toda persona tiene derecho a tener refugio y el beneficio de refugio en otro país.
2. Este derecho no puede ser invocado por la acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos contrarios a los objetivos principales de Naciones Unidas.

Article 15
1. Tout individu a droit à une nationalité. 2. Nul ne peut être arbitrairement privé de sa nationalité, ni du droit de changer de nationalité.

1. Todo individuo tiene derecho a una nacionalidad.
2. Nadie puede arbitrariamente privar esa nacionalidad ni el derecho de cambio de nacionalidad.


MANOS UNIDAS




Manos Unidas es una Organización No Gubernamental para el desarrollo.

Manos Unidas lucha contra el hambre, la deficiente nutrición, las enfermedades ,el subdesarrollo y la falta de instrucción, producidos entre otras causas por la injusticia, el desigual reparto de los bienes y las oportunidades entre las personas y los pueblos, la ignorancia, la insolidaridad, la indiferencia y la crisis de valores humanos y cristianos.

Para llevar a cabo su acción, trabaja en dos líneas prioritarias: la sensibilización de la población española y la financiación de proyectos de desarrollo en el Sur.

La sensibilización de la población trata de concienciar, de informar a la población española de la pobreza y sus causas, para generar una cultura de las solidaridad, promover la justicia, la solidaridad entre el norte y el sur, impulsando un cambio de valores, actitudes y comportamientos en cada uno de nosotros y también llevar esos cambios a las estructuras tanto políticas como económicas.


NOTICIA



Madrid no acepta como menor a un inmigrante con pasaporte
La Comunidad rechaza la tutela del joven tras analizar pruebas óseas
S. BLANCO / F. MANETTO - Madrid - 06/02/2010
El chico camerunés que ayer por la tarde esperaba sentado en una sala de la Fiscalía de Menores de Madrid tiene dos edades y bastante desconcierto. Una es la que figura en su pasaporte y la que él mismo asegura tener, 17 años. La otra, la que le convierte en mayor de edad, son los 18 años a los que apuntan las dos pruebas óseas que le han sido practicadas. La Comunidad de Madrid se basa en esas radiografías para denegarle la tutela, y la Fiscalía de guardia también, ya que ayer no atendió su situación de desamparo pese a que sus abogados, Ignacio de la Mata y Sonia Rello, presentaron una fotocopia de su pasaporte y un certificado de autenticidad del mismo emitido por la Embajada de Camerún.
Aunque el criterio de la fiscalía puede cambiar, lo cierto es que el chaval está en situación ilegal en España. E indocumentado, ya que el pasaporte lo remitió la Comunidad de Madrid a un juzgado de instrucción. El menor tiene una denuncia por un presunto delito de falsedad documental presentada el pasado 3 de febrero por el Instituto del Menor y la Familia de Madrid (IMMF), dependiente del Gobierno autónomo.
Rodeado de periodistas, una traductora del francés, sus abogados y los miembros de la Fundación Raíces (que coordinan un proyecto de asistencia jurídica a menores inmigrantes), el chico está muy serio y acierta a decir que quiere que lo tutelen. Sus azares burocráticos comienzan el 8 de abril de 2009, cuando llegó en patera a Motril. En la localidad granadina pasa tres días en comisaría, aunque dice que es menor. Como no puede acreditarlo con documentos, se le practica una primera prueba ósea para determinar su edad. El resultado que arroja es que tendría unos 18 años, de modo que ingresa en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) en Motril. Después, se le desplaza a otro centro en Madrid, donde cumple los 40 días que podía estar internado sin que se le expulsara. Considerado mayor de edad, no hay posibilidad de tutela. El chaval decide entonces tramitar su pasaporte en la Embajada de Camerún en Madrid, que acredita en el documento público que nació el 5 de mayo de 1992 en Douala. O sea, que es menor.
Una trabajadora social llama a la policía de menores para que se haga cargo de él y queda en régimen de guarda en un centro de menores en Madrid. Es decir, desde octubre hasta hace dos días, la Comunidad le reconoció como menor. Sin embargo, ya instalado en el centro, se le indica que debe presentarse en una clínica privada, Abadal, para someterse a otra prueba ósea. Los rayos X dicen otra vez que la edad "probable o posible se sitúa en torno a los 18 años". Mientras, se le deriva a un hostal en el programa de guarda de la Comunidad. Allí le advierten de que, tras la prueba, puede perder sus derechos.
El festival del papeleo se acelera. El chaval regresa a su Embajada para que le emita un certificado de autenticidad del pasaporte. El 1 de febrero presenta el documento al IMMF para que lo tutele, y, dos días después, el Instituto le denuncia por presunta falsedad documental. El 4 de febrero el IMMF le comunica que está fuera del sistema de protección. Ayer por la mañana, el chaval y sus abogados se dirigen a un juzgado y por la vía civil impugnan la situación y luego, a la Fiscalía, que decide no tener en cuenta su documentación. Lo considera mayor de edad. Por la tarde, el fiscal de guardia traslada el expediente a Fiscalía de Protección.
La Comunidad de Madrid argumenta que el chico tiene una orden de expulsión emitida por la Delegación del Gobierno en Granada, en la que se considera ilegal su documentación, informa Daniel Borasteros. "Es increíble. Hay un documento público de la Embajada de Camerún", comenta Lourdes Reyzabal, presidenta de Raíces. "Si eso no sirve para tutelarle, entonces vamos a tirar todos nuestros DNI y pasaportes y los sustituimos por radiografías. Esto sólo pasa con los menores subsaharianos", critica.


IMAGINE- JHON LENON



Imagine-Imagine there's no heaven It's easy if you try No hell below us Above us only sky Imagine all the people Living for today... Imagine there's no countries It isn't hard to do Nothing to kill or die for And no religion too Imagine all the people Living life in peace... You may say I'm a dreamer But I'm not the only one I hope someday you'll join us And the world will be as one Imagine no possessions I wonder if you can No need for greed or hunger A brotherhood of man Imagine all the people Sharing all the world... You may say I'm a dreamer But I'm not the only one I hope someday you'll join us And the world will live as one.

Imagínate-Imagina que no existe el Cielo es fácil si lo intentas sin el Infierno debajo nuestro arriba nuestro, solo el cielo Imagina a toda la gente viviendo el hoy... Imagina que no hay países no es difícil de hacer nadie por quien matar o morir ni tampoco religión imagina a toda la gente viviendo la vida en paz... Puedes decir que soy un soñador pero no soy el único espero que algún día te unas a nosotros y el mundo vivirá como uno Imagina que no hay posesiones quisiera saber si puedes sin necesidad de gula o hambre una hermandad de hombres imagínate a toda la gente compartiendo el mundo Puedes decir que soy un soñador pero no soy el único espero que algún día te unas a nosotros y el mundo vivirá como uno.